A- de 2024
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Oscar Fernando Quintero Mesa·Demandado Presidencia De La Republica Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Equivocada interpretación e inobservancia de reglas de reparto y trámite de la acción de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Treinta Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá y la Sección Segunda, Subsección A del Consejo de Estado.
Encontró la Corte que en este caso sólo se presentó un conflicto aparente, en la medida en que el primer despacho se basó en las reglas de reparto contenidas en el Decreto 333 de 2021 para remitir el asunto a la Consejo de Estado.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente Juzgado Treinta Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá para que, de forma inmediata, le imparta el trámite que corresponde.
Se hace una advertencia a este operador jurídico para que, en lo sucesivo, se abstenga de declarar su incompetencia con fundamento en las reglas de reparto contenidas en el Decreto 333 de 2021.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 16 de enero de 2024 proferido por el Juzgado Treinta Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá, mediante el cual se declaró sin competencia para conocer la acción de tutela formulada por Oscar Fernando Quintero Mesa en contra del presidente de la República, el presidente del Perú, la Embajada de Perú en Colombia, la Universidad Nacional Hermilio Vladizán y el Inpec.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-4601 al Juzgado Treinta Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá para que, de forma inmediata, resuelva la acción de tutela instaurada por el señor Oscar Fernando Quintero Mesa.
- TERCERO. ADVERTIRLE al Juzgado Treinta Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá que, en lo sucesivo, se abstenga de declarar su incompetencia con fundamento en las reglas de reparto contenidas en el Decreto 333 de 2021.
- CUARTO. COMUNICARLES por Secretaría General la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y a la Sección Segunda, Subsección A del Consejo de Estado.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.